El seguro de vida es por definición una póliza que permite cubrir una hipoteca en caso de que el titular de ésta fallezca, y de forma que el banco o entidad pueda recuperar el importe de devolución.
Pues el seguro de vida vinculado a hipoteca puede proporcionarlo una entidad bancaria o entidades aseguradoras. No obstante. éstas últimas suelen reportar mayores beneficios al consumidor. Solo es necesario que el consumidor sea consciente de que el Banco de España estima que poseen plena libertad para contratar su seguro de vida vinculado a hipoteca con la empresa que deseen. Y de éste modo, solo tienen que comparar seguros de vida basándose en las 3 principales diferencias: precio, tipos de interés y condiciones de pago.
En cuanto al precio. Los bancos suelen ofrecer a la larga intereses más altos, pues están sujetos al Euríbor y nuestro diferencial. Por lo tanto, el precio que podemos conseguir en una compañía aseguradora será mucho más económico pues se basará en un tipo de interés fijo, y en el que se tendrá en cuenta factores más reales como la edad de quién lo solicite.
Por lo que respecta a las condiciones de pago, una aseguradora se acomodará a tus necesidades siendo el pago mensual, trimestral u anual. Mientras, que los bancos suelen pedir que se pague el importe del seguro de una sola vez y por adelantado. Éste se suma al dinero que habría que pagar la hipoteca en el momento de firmarla.
Y ante todo, la principal ventaja es que el resto de beneficiarios de la vivienda quedarán protegidos y exentos de cualquier pago de la hipoteca en caso de fallecimiento del titular. Es decir, proporciona tranquilidad en el hogar.